El Ministerio de Educación (Minedu) ha implementado una significativa modificación en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.º 29944), permitiendo que los docentes nombrados con al menos un año de servicio efectivo puedan solicitar su reasignación por motivos de unidad familiar.
Esta medida, establecida mediante la Ley N.º 32238 y reglamentada por el Decreto Supremo N.º 010-2025-MINEDU, busca equilibrar las responsabilidades laborales con el bienestar familiar de los educadores.
El Decreto Supremo N.º 010-2025-MINEDU, publicado en el diario oficial El Peruano, introduce modificaciones clave al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial:


REASIGNACIÓN POR UNIDAD FAMILIAR
Ahora, los profesores nombrados pueden solicitar su reasignación con solo un año de servicio, priorizando la unidad familiar sobre el interés personal.
DESTAQUES SIN DISTINCIÓN DE ÁREA
Todos los profesores de carrera podrán ser destacados entre diferentes UGEL o Direcciones Regionales, sin importar su área de desempeño.


REASIGNACIÓN POR SALUD FAMILIAR
Se incluye una nueva causal que permite el traslado cuando el hijo del docente requiera atención médica especializada.
RETIRO DE AUXILIARES POR LIMITE DE EDAD
El retiro por edad se establece al 31 de diciembre del año en que el auxiliar cumple 70 años, y la UGEL debe comunicarlo al menos 15 días antes.
✅Ser docente nombrado con al menos un año de servicio efectivo.
✅Presentar una solicitud conforme a los procedimientos establecidos por el Minedu.
✅Priorizar plazas en regiones distintas a la de origen, atendiendo a necesidades familiares.
